LA SUBCONTRATACIÓN COMO INSTRUMENTO DE DESCENTRALIZACIÓN PRODUCTIVA Y SU INCIDENCIA JURÍDICO-LABORAL (PARTE 1)
DOI:
https://doi.org/10.26843/mestradodireito.v1i2.74Palavras-chave:
Descentralización productiva, subcontratación empresarial, derechos individuales y colectivos de los trabajadores, límites de la libertad de subcontratación empresarial, precarización laboral, ordenación jurídica e institucional de la subcontrataciónResumo
En las últimas décadas, la subcontratación ha dejado de ser un fenómeno relativamente marginal para convertirse en un elemento estructural de gran parte de los procesos productivos. No se trata, desde luego, ante un fenómeno absolutamente nuevo, pero hoy se asiste a una extraordinaria expansión de esta forma de organización empresarial. El Ordenamiento Laboral tiene que dar una respuesta de política del Derecho autorreflexiva, autónoma y garantista -coherente con la Constitución del Estado Social- a nuevo escenario de la organización de los sistemas productivos en constante transformación; aspecto que hoy no se cumple satisfactoriamente. Las “regulaciones” o pretendidas “desregulaciones” normativas liberalizadoras del fenómeno de la subcontratación son en sí mismas desequilibradas, pues favorecen unilateralmente los intereses y libertades de organización empresarial y contribuyen decisivamente a generalizar (desde una “racionalización económica” contrapuesta a la “racionalidad social”) la precarización y mercantilización de las relaciones de trabajo. La nueva organización productiva hace que se tenga que replantear el régimen jurídico laboral de la subcontratación, régimen insuficiente para hacer frente a las nuevas realidades de organización empresarial